Sábado, 20 de Abril 2024
México | Instituciones políticas pueden obtener donaciones sin importar si hay proceso electoral

El TEPJF autoriza a partidos recibir financiamiento privado

Tribunal determina que las instituciones políticas pueden obtener donaciones sin importar si hay proceso electoral o no

Por: SUN

El TEPJF recuerda que se mantienen los topes individuales y anuales que fija cada año el Instituto Nacional Electoral. NTX / ARCHIVO

El TEPJF recuerda que se mantienen los topes individuales y anuales que fija cada año el Instituto Nacional Electoral. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (24/MAY/2017).- Los partidos políticos podrán recibir financiamiento privado en cualquier tiempo, sin importar si hay o no proceso electoral o campañas en curso, decidió este martes el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Con votación dividida, el pleno del Tribunal determinó que es inconstitucional impedir a los partidos recibir financiamiento privado --es decir, aportaciones monetarias o en especie de simpatizantes y militantes-- en periodos ordinarios, es decir cuando no hay elección, pues es "una restricción injustificada de sus derechos de participación política y de asociación".

La magistrada presidenta, Madeline Otálora Malassis, ponente en el caso, reconoció que con la decisión se pretende "diversificar las fuentes de financiamiento privado en los periodos ordinarios", pero dentro de los topes, además de permitir a los ciudadanos involucrarse y participar en política.

Agregó que el TEPJF no abre la puerta al ingreso de recursos a los partidos que no sean fiscalizables pues siempre podrán ser auditados y además se mantienen los topes individuales y anuales que fija cada año el Instituto Nacional Electoral (INE).

Por el contrario, el magistrado José Luis Vargas Valdés advirtió que la decisión "puede trastocar el régimen de financiamiento de los partidos políticos", por lo que votó en contra de que se declare la inaplicación de esa prohibición, misma que está incorporada en la Ley de Partidos Políticos y en el Reglamento de Fiscalización del INE.

La decisión se tomó al resolver una impugnación del PRD, quien había sido multado por el Instituto Nacional Electoral (INE) al detectársele que recibió donaciones de militantes fuera del proceso electoral.

En pro de la decisión el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón aseguró que a su juicio no se altera en lo más mínimo el modelo de financiamiento de los partidos.

Recordó que la prohibición impugnada fue incorporada en la reforma electoral de 2014 sin que el Congreso expusiera los motivos por los que se decidió prohibir ese financiamiento privado.

Dio la razón al PRD en el sentido de que no se justifica esa restricción, ni se afecta el principio de que debe prevalecer el recurso público sobre el privado en materia de financiamiento de los partidos.

No se altera el modelo de financiamiento pues hay un límite para que los aportantes puedan donar y además un límite individual con lo que se garantiza la transparencia del financiamiento. Siempre podrá ser sujeto a revisión.

Pero el magistrado Vargas Valdés insistió en que en 2015 siete partidos fueron sancionados por recibir donaciones de militantes o simpatizantes fuera de procesos electorales, y aceptaron sus multas.

En este caso "no encuentro dónde está la afectación a un derecho individual" de los ciudadanos a donar, "no se cumple que la norma sea contraria a la Constitución o vulnere un derecho" como para declarar que es inconstitucional, agregó. Más bien el partido quiso defenderse de una sanción y por ello acusó que es inconstitucional la prohibición, expuso.

Si antes de 2014 no existía esa prohibición y la incorporó, "por algo la puso".

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